EL USUARIO TIENE DERECHO A:

  • Ser transportado siempre que disponga de un billete o título de transporte válido.
  • En caso de avería o inmovilización del autobús durante el trayecto, el usuario tendrá derecho a continuar el viaje en la misma línea o en otra de recorrido equivalente, sin coste adicional, o a obtener un billete de canje.
  • Recibir información sobre las características del servicio, así como sobre cualquier alteración prevista, y sobre los títulos de transporte disponibles y sus precios.
  • Recibir un trato correcto y respetuoso por parte del personal de la empresa operadora, así como la atención a las peticiones de ayuda e información.
  • Disponer de asientos de uso preferente en el caso de personas con movilidad reducida, mujeres embarazadas, personas mayores o con necesidades especiales.
  • Acceder con silla de ruedas y ocupar el espacio reservado en los vehículos adaptados.
  • Transportar gratuitamente equipaje de mano, siempre que no supere las dimensiones máximas permitidas (100 x 60 x 25 cm) y que no dificulte el tránsito ni la seguridad del resto de viajeros.
  • Se entiende por equipaje de mano todo objeto destinado al abrigo, adorno o uso personal que el viajero lleve consigo durante el trayecto dentro del autobús.
  • Se permite el transporte de bicicletas y patinetes plegables no eléctricos, siempre que estén correctamente plegados y respeten las dimensiones máximas de equipaje de mano (100 × 60 × 25 cm). No está permitido el transporte de bicicletas ni patinetes no plegables, ni tampoco de aquellos que, aun siendo plegables, sean eléctricos.
  • Viajar con perros guía o perros de asistencia debidamente acreditados.
  • Viajar con animales de compañía (perros, gatos y hurones) de hasta 10 kg de peso, siempre que vayan dentro de un transportín homologado, con unas dimensiones máximas de 60 x 35 x 35 cm, y en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.
  • El conductor podrá denegar el acceso si no se cumplen las condiciones mínimas de seguridad, higiene o convivencia.
  • Formular reclamaciones relacionadas con la prestación del servicio y recibir respuesta por los canales habilitados.
  • Acceder con cochecito de bebé, que deberá colocarse en el espacio indicado y siempre que no se comprometa la seguridad ni el tránsito en el vehículo.
  • Recibir la cobertura del Seguro Obligatorio de Viajeros, incluida en el precio del billete.
  • Recibir un cambio de hasta 20 € en caso de adquirir el billete a bordo del autobús.

 

EL USUARIO TIENE EL DEBER DE:

  • Disponer de un billete o título de transporte válido, adecuado al trayecto, conservarlo durante todo el viaje y mostrarlo cuando sea requerido por el personal de la empresa.
  • Acceder al autobús únicamente en las paradas señalizadas, solicitar parada con la antelación suficiente y utilizar las puertas indicadas para subir y bajar.
  • Abstenerse de fumar a bordo del vehículo y en las instalaciones.
  • Mantener un comportamiento cívico, correcto y respetuoso con el resto de pasajeros y con el personal de la empresa operadora.
  • No deteriorar el vehículo ni sus instalaciones, ni ensuciar su interior.
  • Atender las indicaciones del personal y no distraer al conductor durante la conducción.
  • Ceder los asientos reservados a las personas que tengan derecho preferente según la señalización.
  • Ser responsable de los objetos personales que lleve consigo (equipaje de mano, mochilas, bolsos, dispositivos electrónicos, etc.).
  • La empresa declina cualquier responsabilidad por la pérdida o deterioro de estos objetos no confiados expresamente a su custodia.
  • En los vehículos adaptados, respetar el uso prioritario del espacio destinado a personas con movilidad reducida.
  • Los cochecitos infantiles deberán plegarse cuando sea necesario por motivos de seguridad o falta de espacio, y no podrán ocupar pasillos ni zonas de paso.